El abogado Leandro Picardi se explayó sobre dos temáticas muy recurrentes en el último tiempo, que generan dudas y al mismo tiempo dolores de cabeza.
Esta mañana el doctor Leandro Picardi abordó una temática que cada vez es más común: los Recursos de Amparo a obras sociales.
Según mencionó “no están cubriendo las prestaciones y eso hace que cada vez sea más habitual pedir estos recursos para solicitar medicaciones y de esa forma se obtiene rápidamente el medicamento que necesita”.
Seguidamente aseguró que “cuando los clientes vienen a nosotros es porque ya tienen la negativa desde un mail desde la obra social. Eso lo traspolamos a una carta documento para que quede notificada. Al ser entidades públicas las obras públicas, se necesita el silencio negativo que se consuma 15 días después de presentada, o cuando antes de esa fecha niegan el medicamento”.
Del mismo modo destacó que “hemos tenido en el último tiempo muchas sentencias de este tipo donde los jueces han tenido en cuenta las situaciones y a razón de eso podemos decir que se trabaja con mucha premura. Los recursos de amparo tienen la máxima celeridad, se hace la cautelar y luego, ya con el medicamento, se analiza si corresponde o no”.
Sumando que “la mayoría de las veces las obras sociales apelan, pero mientras tanto deben cubrir con los medicamentos. Es normal que se interpele recursos de apelación interpuestos por las empresas. El tiroteo no termina nunca”.
En otro pasaje de la charla, y abordando la consulta de un oyente de FM Reflejos, el abogado se refirió a la última modificación que hubo en relación a los alquileres.
Según expresó “el tema de alquileres tiene muchas aristas. Sobre el tema de sellado yo siempre lo recomiendo, sobre todo para el dueño de la propiedad, porque por ahora los jueces siguen exigiendo ese sellado por el tema desalojos”.
Agregando que “lo que sí quedó claro es que no hay obligación de registrarlo y facturar dentro de la AFIP por ese contrato. Así pasaba antes y es la práctica que se volverá a utilizar”.
Bajándolo aún más al llano, subrayó que “el sellado existe de toda la vida, pero lo de registrar apareció con la Ley de Alquileres que se modificó con la Ley de Bases. Hoy conforme con esa resolución, no existe más esa obligación de registrar ese contrato”.
Por último estimó que “es un avance sobre la libre voluntad de las partes y beneficia a tener más alquileres en la calle. Ahora queda liberado al mercado”.