La Justicia declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo pasado de acuerdo a la nueva ley de movilidad. Y ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior, que se calculó en el 14,5%, porque las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.
Luego del 14 y 18 de diciembre dónde se dio lugar a la reforma previsional nacional de la que fuimos protagonistas defendiendo los derechos de todos los beneficiarios de la seguridad social de la Anses ( jubilados, pensionados, asignaciones, ex combatientes,etc) oponiendonos categóricamente al cambio de la polinomia en la movilidad de los jubilados; luego de la campaña de la que participamos por un (1) millón de firmas para derogar esta medida de ajuste; luego del gran acto de unidad del 21F , la justicia declaró anticonstitucional la reforma dándole lugar a la presentación de la demanda realizada por el abogado Miguel Fernádez Pastor, miembro de la Multisectorial en defensa de la seguridad social que conformamos el 20 de septiembre de 2017, día del jubilado en un multitudinario acto en la 9 de Julio. El fallo de la justicia ordena volver a la movilidad anterior el ajuste del gobierno nacional.
Seguimos atentos y con más fuerza que nunca, organizados y en unidad para que se haga Justicia. Celebramos este primer paso como un reconocimiento a todxs lxs que fuimos parte de esta defensa de derechos!!!!
Es necesario aclarar que este fallo es individual y beneficiará a la persona que realiza la demanda. Teniendo en cuenta esta situación, existen dos posibilidades:
1) que la ANSES apele y la definición la tenga que tomar la Corte Suprema
2) que la ANSES no apele, entonces debería liquidarlo y pagarlo a todos los jubilados.
En el caso de que la Corte Suprema falle a favor de este caso particular, abre la posibilidad de que cada jubiladx apele pues habría un precedente. Cada uno debería apelar, pues el fallo no es automático para todos.
Un abrazo!
Secretaría de Jubilaciones
S.U.T.E.B.A. Pcia.