En los últimos meses han aparecido nuevas señales de tránsito verticales en las cercanías de muchas de las más de 800 escuelas de la ciudad de Buenos Aires. La mayoría indican 20 km de velocidad máxima y otras de 30 de velocidad máxima.
Inclusive ya se instalaron algunos foto-radares para controlar el respeto a la señal. Pero esta señalización es confusa y no acorde al texto de ley de tránsito porteña.
Los carteles colocados no informan el horario de vigencia de estas máximas por lo que regirían en todo momento y todos los días de la semana y del año, incluyendo feriados y vacaciones.
La Ley de Tránsito de la ciudad de Buenos Aires establece en su artículo 6.2.3 inciso d que, en las proximidades de las escuelas, la velocidad de circulación será la mínima permitida, es decir 20 km/h en calles y 30 km/h en avenidas durante los horarios de ingreso y egreso. Esta disposición también rige para establecimientos deportivos y de gran afluencia de público.
Los horarios de entrada a las escuelas suelen ser semejantes para la mayoría, pero los horarios de salida varían mucho de una a otra. Por ello, deberían instalarse señales de tránsito específicas, por ejemplo, con semáforo amarillo totalmente temporizado para titilar o funcionar en los horarios de entrada y salida de cada escuela, demarcando la velocidad máxima temporal.
Aumentaría la protección de los niños un amplio vallado frente a la escuela, que asegure que ningún niño se precipite a la calzada, así como tampoco los padres, que muchas veces les dan el mal ejemplo cruzando por cualquier lado.
La vida de nuestros niños, sus docentes y familias debe cuidarse con prioridad en nuestras calles, pero las restricciones de velocidad deben estar acordes a la legislación vigente, y no constituirse en una innecesaria lentificación permanente del tránsito, que no beneficia, y propicia su ignorancia e incumplimiento, y que a veces se transforman en multas “cazabobos”, que no contribuyen a la seguridad vial.
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