Se elevaron los límites de facturación anual de todos los sectores para que
las pequeñas y medianas empresas sigan accediendo a los beneficios de la Ley
PyME.
Buenos Aires, 13 de agosto de 2018 .- El Ministerio de Producción publicó la
nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la
categoría PyME.
A través de la resolución 519/2018, se elevaron los límites de facturación
anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores y
la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por
ejemplo, ahora se considera una micro empresa la que facture en promedio
durante los últimos 3 años hasta $16,8 millones, una pequeña hasta $102,2
millones; una mediana tramo 1 hasta $829,9 millones y una mediana tramo dos
hasta $1.212,8 millones.
“Como resultado del diálogo permanente con las cámaras y actores del sector,
estudiamos la situación y actualizamos los montos máximos de facturación
para que ninguna pequeña o mediana empresa quede afuera de los beneficios de
la ley”, aseguró el ministro de Producción, Dante Sica.
Como Autoridad de Aplicación, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs realizó
un análisis en relación a los principales indicadores económicos y determinó
necesario realizar una actualización extraordinaria de los topes PyME para
evitar que empresas que incrementaron el monto de facturación, sólo como
efecto del aumento en los precios, dejen de ser incluidas dentro del
universo PyME o queden encuadrados en otra categoría.
Las PyMEs deben inscribirse por Internet en el Registro PyME:
www.produccion.gob.ar/pymes
<http://app.dyncontact.com.ar/in/go/D6FDB6D4FF884FB59AA86DBD9BE1B0FF/12517@7
A78C986711C40B2970988C485F0EE20> . Las empresas que se ubiquen dentro de
estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a a los
beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia
administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y
fomento de inversiones.
<http://blob.dyncontact.com.ar/kontakti/20180814_140304_e647f6.jpg>