Accediendo al link https://infractores.padron.gob.ar/ se podrá conocer el estado en que se encuentra cada ciudadano. Se requerirán datos mínimos (DNI, género y distrito electoral) para que el sistema arroje los resultados buscados. En caso de ser “infractor” se podrá imprimir una boleta para pagar en distintos medios electrónicos.
Cabe destacar que de acuerdo con la legislación vigente, en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas entre 18 y 70 años de edad. En este sentido, a quienes pertenecen a este segmento poblacional y no concurrieron a votar y tampoco pueden justificar la inasistencia ante la Justicia Nacional Electoral, les “corresponde una multa económica” que será “incorporada en el Registro de Infractores al deber de votar”.
En cuanto al valor de la multa, desde la Cámara Electoral explicaron que la multa por no votar una vez es de $50, dos veces de $100, tres veces de $200 y “así sucesivamente”. Además aseguraron que el valor de esas penas no se encuentra actualizado y que se referencian en el año 2019.
Otra penalidad que prevé la legislación electoral por la inasistencia en las elecciones establece que “no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”. Se indicó también que “quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año”.
El reglamento electoral contempla diversas formas de inasistencia y de justificación. Asimismo, define quiénes son las personas exceptuadas de concurrir a votar.
Fuente: El Día