Durante su espacio de asesoramiento legal, nos informa sobre juicios y tramites de la usucapión.
«El usucapión es un trámite que se acredita una vez que se puede probar hay 20 años ininterrumpidos de posesión de un terreno, posesión continua y pacífica» explicó de qué se trata el tema en cuestión.
Leandro comentó que la persona calificada como dueña del terreno, puede tener los servicios con una información sumaria, es decir, con la acreditación de los años respectivos. «Lo que pasa es que, hace unos años atrás, esto no estaba tan regulado, entonces se daba la posibilidad de que cualquier persona acceda a los servicios simplemente mostrando un boleto de compra-venta».
Le preguntamos a Leandro qué sucede si, en una sucesión, alguien se encuentra con personas usurpando el terreno correspondiente: «Primero, el terreno tiene que estar declarado en la sucesión. También tiene que estar adjudicado a nombre de la persona que va a reclamar la acción reivindicatoria, donde uno acredita que no han pasado los 20 años que exigen las leyes».
Leandro también explicó, a grandes rasgos, de qué se trata el juicio de usucapión: «Se hace el juicio de usucapión, se llama a un agrimensor, se acredita el pago de los boletos y testigos. Con eso armamos una demanda con los antecedentes y pedimos que se adjudique a la persona que inició la demanda».
Finalmente, Leandro mencionó que recibe varias consultas referidas al tema, y que la gente repite «quiero que ese terreno sea mio». El jurista menciona que a partir del estudio de las carpetas de los terrenos se ven qué probabilidades hay.
Nota completa a continuación: