Así lo confirmó la Dra. Paula Goldin, la cual se expresó sobre la violencia familiar y los alcances de la Ley Provincial 12.569.
Con tristeza, pero al mismo tiempo, con la necesidad de divulgar y que se conozca del tema, la Dra. Paula Goldin confirmó que a diario atienden en su estudio situaciones de violencia familiar.
Al respecto dejó en claro que “la violencia es un tipo de abuso. En el marco de la familia, cuando una persona o varias incurren en maltratos de diversos tipos hacia otros miembros de esa familia. En provincia de Buenos Aires existe la ley 12.569 que da marco a todo esto”.
Y detallando sobre esto, afirmó que “violencia no solo es maltrato físico. También está la psicológica o la sexual. Pero también está la económica cuando se perturba a otra persona menos cavando sus recursos. La simbólica, que implica patrones estereotipados, como pareces una vieja, lloras como una nena o pareces un maricón”.
Apuntando directamente a lo que ocurre en la cotidianeidad, mencionó que “un docente que ve a un nene o una nena que llega golpeada de la casa, tiene la obligación de denunciar. Lo mismo que un médico cuando atiende a un menor, un anciano o incapaz”.
Ese paso “puede hacerse en comisarías, en el Juzgado de Paz, en la Fiscalía… cualquiera de estos lugares son recepcionantes de denuncias por violencias familiares. Lo primero que hacen estos lugares es darle parte al juzgado que corresponde. Si fuese en Sierra, sería al de Tornquist. Si fuese en Villa La Arcadia, recaería en Suárez”.
Continuando con el camino de la denuncia, “el juez tiene 48hs para expedirse al respecto y tomar las medidas que considere pertinentes. Puede ser una perimetral; esto cuando no vive en el hogar, pero cuando está, lo puede excluir del hogar. Incluso lo puede condenar a una cuota alimentaria provisoria, puede otorgar el cuidado personal de los hijos a quien está conviviendo y fue víctima; lo mismo que la atribución del inmueble”.
De todas maneras la Dra. Goldin remarcó que “todas estas medidas son temporarias. Tienen un plazo máximo de 180 días y puede extenderse. Aquel que está cansado de su esposo o esposa, no es esta ley el camino, salvo que sean víctimas de violencia. Hay mucha gente que cree que con esto suplanta el divorcio y no es así”.
Aclarando este punto, refirió que “quien es excluido o le dan una restricción no tiene oportunidad de defenderse con esta ley. De ahí que sería injusto que esta medida sea definitiva, porque no dan oportunidad a la otra parte de ofrecer pruebas. Por eso que esta ley busca cesar la violencia. No es una solución definitiva. Sí de inmediatez”.
Por último, y buscando aconsejar, deslizó: “traten de buscar profesionales especializados en derecho de familia. Porque cuando hay una conflictiva grave en esa familia, y hay que lidiar con eso, a veces el abogado por no ser especialista hace agua. Es muy importante buscar a alguien capacitado”.
“Es imposible ir al oculista y pedirle que nos opere la apéndice, pero sí al común de la gente se le ocurre ir a un abogado laboralista y pretender que haga un juicio de derecho administrativo. Los abogados podemos tener dos o tres especialidades fuertes, pero dedicarse a todo se torna complejo para entender en profundidad”.