El abogado Leandro Picardi explicó los motivos por los cuales la gran mayoría de los sumarios por violar la cuarentena obligatoria en pandemia prescribieron.
En las últimas horas una noticia impactó en el común de la gente. Para bien o para mal, todos tomaron partido respecto a la prescripción de un importante número de sumarios iniciados a raíz de la violación de la cuarentena obligatoria.
Al respecto el abogado Leandro Picardi entregó un marco histórico de la situación, recordando que “a partir del 12 de marzo del 2020 se declaró la pandemia y a raíz de esto se determinó el aislamiento y se pusieron ciertas medidas de conductas y sus respectivas consecuencias”.
Rememorando, volvió a poner sobre la mesa el célebre “artículo 205 el Código Penal, en el cual la persona podía ser penada por violar esta cuestión relativa a la salud. Según el artículo lo marca, la sanción es de 6 meses a 2 años de prisión”.
De ahí que bajo esta herramienta legal, a quien se lo encontraba en la vía pública fuera de horario o sin la habilitación correspondiente, “se le iniciaba un sumario, una eventual denuncia penal, y quedaba imputada por el delito”.
La situación de prescripción que hoy se marca, se da debido a que “pasado el plazo de dos años, tal cual el delito como pena, se plantea que queden libres de culpa y cargo porque prescribe. El fin de la acción por el mero transcurso del tiempo”.
De todas maneras el letrado reconoció que “es necesario que quienes sufrieron multas vayan a ver un abogado y plantear que ya se cumplió el plazo máximo para la pena del artículo 205. A través de él se pide la prescripción de la acción”.
En otro pasaje de la charla remarcó que esta situación de prescripciones “no sienta jurisprudencia ya que son delitos particulares. En general la justicia no deja prescribir delitos. Llama a declaración indagatoria y con eso ya no se puede pedir la prescripción”.
Y esa línea admitió que “en este caso hay una cuestión política de perdonar la conducta en pandemia, porque mucha gente que fue sancionada cayó en grises, principalmente porque se encontraba trabajando y por distintas circunstancias le llegó la sanción”.
Cerrando la entrevista Picardi reconoció que “sí han llegado a juicio otras causas, cuando la persona no solo cometió la infracción al artículo 205 sino que a eso le sumó otro delito como robo o narcomenudeo”.