El Sindicato Argentino de Docentes Privados presentó ante la Organización Internacional del Trabajo un escrito para que se disponga llamar la atención del Estado Argentino por el rechazo a realizar la Paritaria Federal Docente.
SADOP presentó una queja formal ante la OIT contra el Ejecutivo nacional por violación de la Libertad Sindical, «solicitando al Comité de Libertad Sindical se proceda a dar formal trámite al presente y oportunamente, se emita formal Dictamen al Consejo de Administración de la O.I.T., a los efectos de que el mismo disponga llamar la atención del Estado Argentino sobre las anomalías comprobadas y lo invite a tomar las medidas adecuadas para remediarlas; entre éstas dar efectivo cumplimiento al procedimiento de negociación colectiva de Paritaria Federal Docente, establecido en el artículo 14° bis de la Constitución Nacional, el artículo 10° de la Ley 26.075 y el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional número 457/2007, los artículos 9, 67 inc.l) y 115 inc.e) de la Ley Nº 26206 de Educación Nacional y restantes normas concordantes y reglamentarias de derecho interno».
Por otro lado, SADOP peticiona que se le exija al Gobierno dejar sin efecto las restricciones al derecho de huelga de los maestros y profesores, establecidas por normativa interna de la Provincia de Buenos Aires, en tanto y en cuanto ha dispuesto por resolución conjunta del día 15 de marzo de 2017, un “pago extraordinario por única vez de pesos un mil ($ 1.000) en concepto de gratificación no remunerativa y no bonificable, para aquellos docentes que hayan concurrido a dictar clases los días en que se han llevado a cabo las medidas de fuerza».
«La omisión y el acto denunciados –omisión ilegal y arbitraria del gobierno nacional de no convocar a la Paritaria Federal Docente, con manifiesto incumplimiento de un deber legal exigible de orden público- y la resolución del gobierno provincial implican una gravísima lesión de los derechos reconocidos a SADOP y a los maestros y profesores privados que representa, que han sido consagrados por los Convenios de la O.I.T. números 87° y 98° relativos a la Libertad Sindical y las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical, en materia de negociación colectiva y derecho de huelga y han originado un gravísimo conflicto colectivo, que ha afectado los derechos no solo de los educadores sino también de los alumnos, de los padres y en general de la comunidad educativa del país, alterándose la Paz Social del Pueblo de la Nación, por directa responsabilidad gubernamental».
EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS LABORALES Y POR CONDICIONES DIGNAS DE TRABAJO
La Plata, 07 de abril de 2017
Juan Carlos Cuyás
Secretario General