En el marco del comunicado efectuado con fecha 25/4, se hace saber a todos los usuarios que se consideren incluidos en los beneficios dispuestos en el art. 3 del DNU Nº 311/20 y su reglamentación, que el medio para obtener la información relacionada con el mismo es la página web: www.enacom.gob.ar.-
Para los particulares y monotributistas categorías C y D, cuya facturación mensual haya mermado en un 50 % o más; o asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales podrán solicitar su inclusión ingresando al siguiente link: www.formularioenacom.gob.ar.
Las directivas impartidas hacia la cooperativa que hacen a los beneficios establecidos por el decreto son:
– Imposibilidad de corte para el grupo referido supra en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas con vencimiento a partir del 01 de marzo del corriente año.
– Concesión de un plan de financiación para cada usuario con deuda vencida a partir del 01 de marzo del corriente año, de tres cuotas mensuales iguales y consecutivas sin ningún tipo de interés.
– Puesta a disposición de un servicio reducido a un menor valor, a partir de pautas que implican una disminución en la capacidad, y/o la calidad, y /o cantidad de beneficios detentados por servicio.
En cumplimiento con lo dispuesto esta cooperativa no procederá a efectuar ningún corte, ni suspensión del servicio a usuarios que se encuentran dentro del listado que nos remita la AUTORIDAD DE COORDINACION.
A su vez otorgará la posibilidad de abonar la factura adeudada por todos los usuarios incluidos en el listado, en el plazo de 90 días, sin interés, superando con creces el período dispuesto por el Estado, en la medida que estableció un plazo en cuotas de 30, 60 y 90 días.
Superando nuevamente lo prescripto en el decreto en cuestión, dispondrá un valor de tarifas bonificado conservando el mismo servicio detentado en la actualidad, es decir sin reducción, de acuerdo a lo detallado en el siguiente cuadro:
Sevicios incluidos | Abono | Tarifa |
Vigente | Reducida | |
TV Cable | 1.083,00 | 866,00 |
Internet | 880,00 | 704,00 |
Telefonia fija | 282,00 | 226,00 |
Telefonia celular | 618,00 | 495,00 |
De esta manera, la Cooperativa Eléctrica Limitada de Tornquist, no solo se pone a la altura de lo normado, sino que beneficia más allá de lo previsto a ese sector de riesgo o vulnerabilidad social que el Estado se ha encargado de seleccionar.
Finalmente, se reitera que los canales propicios para obtener toda la información referida a la situación particular del usuario, es decir, si se haya o no incluido en los beneficios expresados, debe solicitarse directamente en el sitio web del ENACOM, no pudiendo brindarse desde esta entidad, ya que no participa en el proceso de clasificación correspondiente.