La suma es igual a la de enero, luego de un mes de más de 20 por ciento de inflación. Para que ningún haber quede debajo de 160.000 pesos.
El Gobierno oficializó el bono de 55.000 pesos para jubilados y pensionados para compensar los haberes y garantizar que todos superen los 160.712 pesos en febrero. La ayuda económica de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se abona en febrero de 2024. El monto es igual al que se otorgó en enero, un mes que proyecta una inflación de más de 20 por ciento, lo cual implica una pérdida de poder adquisitivo para los haberes previsionales.
«La grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento», explica en sus considerandos el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Gracias a la medida, quienes reciban el haber mínimo cobrarán el bono completo. Para quienes perciban una prestación mayor a la mínima, recibirán la suma que sea necesaria hasta alcanzar los 160.712 pesos en el mes. Por ejemplo, con un haber mensual de 150.000 pesos, el extra será de 10.713 pesos.
La determinación es el «peor mejor resultado» para los bolsillos de los y las jubiladas. Es que cuando se anunció el bono de enero, desde el oficialismo deslizaron que en febrero habría otro, de un importe a definir. En un contexto de inflación tan acelerada (de 25,5 por ciento en diciembre y de un nivel similar en enero, de acuerdo a estimaciones de consultoras privadas y del propio REM), se resolvió que no habrá una mejora.
El bono, la regla más que la excepción
La jubilación mínima se encuentra hoy en 105.713 pesos, monto que rige desde diciembre hasta marzo de acuerdo a la actualización trimestral de la ley de movilidad. La ley de movilidad jubilatoria que rige desde 2021 se determina según un índice que combina un 50 por ciento de la evolución de los salarios del Indec y del Ripte (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) – el mayor de ambos- y otro 50 por ciento de la recaudación tributaria de la Anses. Como el aumento de los precios no está contemplado en la fórmula, el Estado tiene la posibilidad de compensar con bonos fijos cuando es necesario.
Lo cierto es que desde que rige esta fórmula el gobierno dio otorgó bonos todos los meses. De esta forma, generó también un «achatamiento» de la pirámide previsional. Es que los jubilados con ingresos superiores a los que el gobierno dispone como «base ( 160.713 pesos en este caso) quedan excluidosdel refuerzo, pese a ser los que más pérdida de poder adquisitivo acumulan. Solo el año pasado hubo caídas del valor real de los ingresos de entre 14,2 por ciento y 37,4 por ciento, en tanto que las pérdidas fueron, a diciembre pasado, de entre 32,6 por ciento y 44,6 por ciento en los últimos cuatro años.
En debate
El nuevo refuerzo se conoce cuando se debate en el Congreso el proyecto de ley ómnibus enviado por el Poder Ejecutivo, queincluye un capítulo referido a las actualizaciones de las prestaciones previsionales.El nuevo texto propone aumentar mensualmente las jubilaciones de acuerdo al «último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes» a partir de abril.
Esto provocará, desde el momento cero, una profundización de la pérdida de poder adquisitivo de los jubilados de, por lo menos, cuarenta puntos en un solo trimestre. Una vez hecho el empalme, la aplicabilidad administrativa (que aún debe reglamentarse) podría implicar que el ajuste mensual se haga con un rezago de por lo menos dos meses en los datos (es decir, que en abril actualice con la inflación de febrero) y, por lo tanto, los aumentos mensuales tengan rezagos de 60 días con respecto al índice general de precios.
Asimismo, el proyecto mantiene la declaración de emergencia en materia previsional. «Esto faculta al PEN a hacer y deshacer lo que se le venga en gana, con la movilidad jubilatoria, con el FGS, y con lo que se le plazca, respecto de la materia previsional, en tanto y en cuanto, la emergencia significa la delegación de facultades legislativas«, explica a PáginaI!» el especialista en Seguridad Social Facundo Fernández Pastor: «Si pretendían imponerle que no se ajustara sobre los jubilados, no debieron declarar la emergencia en materia previsional, ni un día, ni una semana, ni un segundo», sentencia.
Fuente Página 12