Desde El SUTEBA Tornquist, nos dirigimos a la comunidad para hacer referencia a la alocución brindada por la concejala Elisabeth Nori el pasado martes 3 de mayo en el HCD de Tornquist, en la que ella se remite a la ley provincial de educación n° 13.688, para proponer un cambio en dicha ley, con el objetivo de prohibir el “adoctrinamiento” de los y las estudiantes.
La concejala también hace referencia a un cuadernillo acercado por un grupo de padres, que fue editado por el Ministerio de Educación de la Nación como un recurso didáctico para ser repartido como medida de contingencia para la continuidad pedagógica en el marco de la emergencia sanitaria por COVID.
En este material, supuestamente habría contenido “adoctrinador” y esto sería suficiente justificativo para hacer cambios en la ley provincial de educación.
La concejala Marcela Giménez, responde muy acertadamente a los dichos de Nori, indicando que la ley provincial está redactada en el marco conceptual y enfoque filosófico de la Ley Nacional de Educación 26.206, que tiene como pilar fundamental la observación de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho, cuyo tránsito por la escuela pública debe garantizar una formación democrática, para el trabajo y la prosecución de estudios en el nivel superior. Para todo esto es necesario el desarrollo de un pensamiento crítico, aspecto que la LEN discute una y otra vez a través de sus Marcos de Trabajo para cada área disciplinar, y que el MOA (Marco de Organización de los Aprendizajes, puesto en vigencia mediante la Resolución del CFE N° 330/17) retoma como uno de las capacidades que deben desarrollarse dentro de la formación escolar.
Algunos de los programas que la provincia ha puesto históricamente en marcha para garantizar el debate democrático, desarrollar el pensamiento crítico, y dialogar con los y las estudiantes en clave de derecho, son los programas impulsados desde Política Socioeducativa, como Parlamento Juvenil y Consejo Estudiantil, además de dar impulso cada año a la creación y sostenimiento de Centros de Estudiantes y Cooperativas Escolares, entre otros órganos de base democrática dentro de las escuelas.
Nos gustaría poder entender qué artículo de la ley provincial 16.688, o eventualmente de la Ley Nacional de Educación 26.206, pretende modificar la concejala desde la órbita municipal. Por ejemplo, el artículo 4º de la Ley Provincial de Educación establece que: “La educación debe brindar las oportunidades para el desarrollo y fortalecimiento de la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y la promoción de la capacidad de cada alumno de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad natural y cultural, justicia, responsabilidad y bien común”. Nos preguntamos cuál sería la puerta de entrada al “adoctrinamiento” que habilita este texto.
Nos resulta como mínimo de una gran ingenuidad -al punto de ofender la inteligencia de toda la comunidad educativa-, suponer que existen materiales de estudio y enfoques educativos exentos de una mirada y un objetivo sociopolítico; máxime cuando esta ocurrencia es esgrimida por una representante partidaria en un cuerpo deliberativo y que ha pasado por la gestión ejecutiva siendo, precisamente, Coordinadora de Programas de Política Socioeducativa del distrito.