La Secretaría de Producción, Comercio e Industria, recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 3494/22 mediante la cual se prohíbe el ingreso de firmas inmobiliarias en representación de franquicias, licencias o marcas en todo el distrito de Tornquist.
La norma, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 7 de julio de 2022, establece en sus artículos la prohibición de habilitación de oficinas inmobiliarias que lo soliciten en representación de franquicias, licencias o marcas que no cumplan con lo dispuesto en la Ley Nº 20.266 y en forma conjunta por lo establecido en la Ley N° 10.973, como así también su difusión y oferta pública.
Cabe destacar que su incumplimiento, da lugar a la imposición de multas económicas y faculta al municipio a retirar la cartelería que no se encuadre en la ordenanza.
Tener en el distrito una normativa que regule esta actividad, resguarda a los propietarios y/o compradores de posibles estafas, ya que cada cartel debe contener la información del martillero a cargo de la comercialización propiedad.
Desde otro lugar, la ordenanza apunta a la defensa de la tarea de martilleros y corredores públicos con título universitario, siendo los únicos habilitados para desarrollar la actividad inmobiliaria; considerando que el proceder de las franquicias provoca una manifiesta y notoria situación de competencia desleal que afecta a todo el conjunto de profesionales del sector.
A ello se suma que en el distrito de Tornquist se dictó la carrera de Martillero y Corredor Público, fomentando la educación y profesionalización de los vecinos, y las prácticas de las firmas en cuestión, van en detrimento de su formación.