El Municipio de Tornquist informa que se ha aprobado el proyecto presentado por el nivel secundario del Colegio Nuestra Señora de Lujan, mediante el cual, se eximirá de la obligación del pago del 100% de la Tasa Municipal de Emisión de Licencia de Conducir, aquellos jóvenes escolarizados de entre 16 años y 9 meses de edad hasta 18 años inclusive, quienes presenten el cumplimiento del curso online “Por un cambio de cultura vial”, dictado por la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires.
VISTO:
Que existe la necesidad de realizar acciones que posibiliten un cambio de conducta vial, para revertir la situación imperante en la Provincia de Buenos Aires, en donde se pone constantemente en riesgo la vida de los jóvenes, se hace prioritario proponer nuevas acciones preventivas en lo referente a educación y seguridad vial, y;
CONSIDERANDO:
Que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires se debe dar cumplimiento a la ley provincial 13.348 y la ley nacional 27214/ 15. La cual establece en el artículo 1: “declárese obligatoria la enseñanza de Educación Vial en los establecimientos correspondientes a la Educación Secundaria Superior dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
El aumento del parque automotor y el desconocimiento de las normas viales por parte de los ciudadanos (conductores- peatones);
La necesidad surgida del trabajo conjunto de la Cooperativa Escolar MisiónCoop que pertenece al nivel secundario del Colegio Nuestra Señora de Luján, y la Coordinación de Políticas Socioeducativas del Distrito de Tornquist;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 2898/16
ARTÍCULO 1º: Exímase de la obligación del pago del 100% de la Tasa Municipal de Emisión de Licencia de Conducir, exigido por la Municipalidad de Tornquist para el otorgamiento del carnet de conducir a quienes presenten la certificación del cumplimiento del curso online “Por Un Cambio de Cultura Vial”, dictado por la dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2º: Están contemplados en la presente todos los jóvenes escolarizados del Distrito que tengan entre 16 años y 9 meses de edad y hasta 18 años inclusive. Será obligatorio la realización del curso online” Por Un Cambio de Cultura Vial”.
ARTICULO 3º: A fin de acceder al beneficio enunciado en el art. 1, será también de carácter obligatorio la realización del curso “mi primer licencia de conducir”, dictado por la Fundación del Grupo Sancor Seguros, para los jóvenes que residen en la localidad cabecera y de carácter optativo para los jóvenes residentes en las demás localidades del distrito.
ARTÍCULO 4º: Establécese que para dar cumplimiento a la presente, será indispensable presentar ante el organismo competente de la Municipalidad la acreditación de aprobación del examen final del curso “Por un Cambio de Cultura Vial”, para todos los jóvenes y la certificación de asistencia al curso “mi primer licencia de conducir” en los casos comprendidos en el artículo 3.
ARTÍCULO 5º: Aquellos jóvenes no escolarizados podrán participar del curso “Mi primer Licencia de Conductor”, pero no accederán a la excepción de la Tasa Municipal de Emisión de Licencia de Conducir, ya que la misma es para los jóvenes que se encuentran dentro del sistema educativo.
ARTÍCULO 6º: Se invitará a instituciones y /o entidades intermedias que contengan jóvenes que están fuera del sistema educativo y se encuentren en la franja etaria enunciada en el artículo 3º, a que incorporen a los mismos en el curso presencial “Mi Primer Licencia de Conductor”.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
- Valentina Nyez Gustavo Moroncini
Secretaria Presidente
H.C.D. H.C.D.