La abogada Paula Goldin habló esta semana de las facilidades que se generaron a través del nuevo código civil para llevar adelante un divorcio. “Alcanza con la voluntad de una de las partes para llevarse a cabo” afirmó.
Esta semana la abogada Paula Goldin habló sobre una temática que históricamente fue muy compleja en nuestro país, pero que cambió radicalmente a partir del 2015 con una modificación del Código Civil: el divorcio.
Al respecto la doctora explicó que “históricamente el divorcio siempre requería el consentimiento del otro. Esto a partir del 2015 se modificó. Con esto se comenzó a escuchar sobre el divorcio expres. Es una expresión, ya que en nuestra legislación no está escrito así”.
De la mano con esto explicó que “sí existe un divorcio donde no se necesita el consentimiento del otro. Está en el artículo 436 y ahí quedó establecido. Eso trae la obligación de hacer una propuesta de los temas en común, como hijos o bienes. Pero el único requerimiento es la voluntad de uno de los miembros. Al otro se lo notifica”.
A pesar de que suene una obviedad, la abogada afirmó que “no me puedo divorciar si no me casé. Después tengo que tener la librera de familia o el acta de matrimonio. Si no lo tengo, se tramita por internet o en el registro donde me casé. Si tenemos hijos, necesito sus actas de nacimiento, o la libreta de familia si están allí anotados”.
“Con esa documentación necesitaremos una fotocopia del DNI de la persona que se quiere divorciar, el dinero para pagar los sellados, y en lo posible el domicilio del cónyuge para notificarlo. Si no tenemos ese dato, se hace una publicación edictal, y tras eso, la sentencia de divorcio” mencionó.
Por último dijo que “este divorcio puede ser por presentación conjunta, cuando van los dos y piden el divorcio. Si lo hace uno solo, puede tardar un poquito más. Hay juzgados que lo sacan en un mes, otros en tres, depende de cada juzgado. El tema bienes va por fuera de eso”.