La investigación busca dilucidar si los tres camaristas cometieron infracciones a los artículos 249 y 269 del Código Penal, de incumplimiento de deberes de funcionario público y prevaricato.
La causa fue iniciada este lunes a partir de una denuncia telefónica cuya identidad se mantiene anónima, según se informó en un comunicado.
La investigación busca dilucidar si los tres camaristas cometieron infracciones a los artículos 249 y 269 del Código Penal, de incumplimiento de deberes de funcionario público y prevaricato, respectivamente.
Mientras el incumplimiento de deberes consiste en «omitir, rehusar o hacer o retardar algún acto» propio de un funcionario público, el prevaricato hace referencia al dictado de «resoluciones contrarias a la ley expresa invocada por las partes o por el mismo juez».
Si bien la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires había fallado este domingo a favor de la presencialidad de las clases en el distrito, ahora la Justicia en lo Contencioso Administrativa Federal declaró la incompetencia de los tribunales capitalinos y envió el expediente a la Corte Suprema.