La medida ofrece un instrumento adicional para que las mipymes, así como las firmas que desarrollan actividades críticas, puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió, hasta el 31 de diciembre próximo, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
La medida, prevista en la Resolución General 5101/2021 que puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal, suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar.
Asimismo, la Resolución General mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones.
La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.
La medida de la AFIP ofrece un instrumento adicional para que las mipymes, así como las firmas que desarrollan actividades críticas, puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes.