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23/05/2022 |

La Justicia aceptó tramitar un amparo colectivo para anular el acuerdo de Macri con el FMI

Un fallo del juez Martín Cornik

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El 10 de marzo se había iniciado un amparo colectivo por parte de 121 personas, entre ellas el secretario General de ATE, Hugo “Cachorro” Godoy y otros  gremialistas y dirigentes políticos. El objetivo de la presentación era que se declare  «la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable de cada una de la cartas de intención y de los acuerdos stand by firmados por el Poder Ejecutivo y el FMI durante 2018 y 2019». Los dirigentes argumentaron que en el acuerdo de Macri con el Fondo no se dio intervención al Congreso Nacional, a la vez que no se cumplió con lo dispuesto por la ley 24.156 de Administración Financiera. 

La acción también busca que la justicia “ordene al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional a abstenerse de emitir actos o aprobar leyes que tengan por objeto, directo o indirecto, sanear, legalizar, subsanar, convalidar, cancelar los vencimientos o reconocer, el endeudamiento del Estado Argentino con el FMI realizado durante el año 2018”.

La presentación fue radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo N°11, a cargo de Martín Cormick, quien el 17 de marzo admitió la tramitación del amparo conforme lo establecido en el artículo 43 de la Constitución Nacional. Además ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivo, según la resolución publicada en el sitio Palabras del Derecho. Semanas después el Tribunal Contencioso Administrativo ordenó que se publique -en un diario de publicación masiva y en el boletín oficial- la existencia del amparo «a fin de que los interesados puedan adherir a los efectos de conformar la legitimación activa y pasiva de este proceso».

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