“Si una nación tiene derecho a establecerse un gobierno, no lo tiene menor a todo aquello que se dirige a su conservación….
Reglamento de la Junta Conservadora (30 de septiembre/29 de octubre de 1811)
Los cuestionamientos a la Junta Grande hicieron que esta ceda ante las demandas y procedió a reunir un Cabildo Abierto el 19 de septiembre, en el que se eligieron como diputados por Buenos Aires a los doctores Paso y Chiclana y a dieciséis apoderados del pueblo para realizar consultas con el gobierno.
Días después, el 23 de septiembre, la Junta que se hallaba en minoría, decretó la formación de un poder ejecutivo integrado por tres vocales y tres secretarios sin voto. Este gobierno llamado Primer Triunvirato se formó con las personas que habían sido designadas diputados: Paso y Chiclana, y el apoderado más votado, Sarratea, siendo secretarios Vicente López, Bernardino Rivadavia y José Julián Pérez, que era el único provinciano del Triunvirato.
Los diputados de la Junta Grande pasaron a integrar la Junta Conservadora.
No debemos olvidar para comprender los próximos acontecimientos, que el Triunvirato y la Junta eran dos poderes antagónicos: el centralismo y el federalismo.
De acuerdo con el decreto de creación los miembros del poder ejecutivo eran responsables de sus actos a la Junta Conservadora.
Dentro del Triunvirato, Rivadavia desempeñó el papel destacado que en la Primera Junta le había correspondido a Moreno.
El Triunvirato pidió a la Junta, que lo había creado, que reglamentara las obligaciones y derechos de cada cuerpo.
La Junta redactó el Reglamento del 22 de octubre de 1811, en cuya elaboración intervinieron el deán Funes y Gorriti, primer ensayo constitucional que fijaba la división del gobierno en tres poderes. El poder ejecutivo quedaba en manos del Triunvirato, el poder legislativo era desempeñado por la Junta Conservadora (se declaraba conservadora de la soberanía de Fernando VII) y el poder judicial por tribunales y jueces de jurisdicción.
El poder ejecutivo no podía mantener arrestado a ningún individuo más de 48 horas, en cuyo plazo debía ser enviado al juez competente (recurso de hábeas corpus).
La Junta hacía caducar el Triunvirato al año, mientras que esa corporación gobernaría hasta la reunión de un congreso.
El Triunvirato, considerando que la Junta se abrogaba excesivas atribuciones en su detrimento, no aceptó el Reglamento, disolvió a la Junta Conservadora, expulsó a los representantes del interior y suprimió las Juntas Provinciales.
Este conflicto de poderes llevó a Rivadavia a dictar el Estatuto Provisional el 22 de noviembre, fiel reflejo de su tendencia centralista, que contribuyó a ahondar el antagonismo porteño-provinciano.
El mismo se inicia con un manifiesto en el que Rivadavia explicaba la necesidad urgente de conservar poder.
El Triunvirato duraría hasta la apertura del congreso general, cuya reunión se comprometía a llevar adelante . Los vocales se removerían cada seis meses y serían elegidos por una asamblea electoral.
Los decretos sobre seguridad individual y libertad de imprenta formaban parte de este Estatuto, que fue bien recibido por el Cabildo.
De acuerdo a lo establecido en el Estatuto se reunió el 4 de abril la asamblea electoral, con una amplia mayoría porteña, pues la integraban 36 representantes de Buenos Aires, once de las provincias elegidas por los respectivos cabildos y los miembros del Cabildo de Buenos Aires.
Los conflictos entre la Asamblea y el Triunvirato llevaron a la disolución de esta por parte de Rivadavia, el cual comenzó a ser cuestionado y debió sofocar una conjuración para derrocar al gobierno dirigida por Älzaga, que fue fusilado, pues el Secretario consideró que era necesario adoptar esa medida extrema para evitar nuevos intentos.
Independientemente de estas situaciones el Triunvirato realizó una serie de actos de reafirmación de nuestra soberanía. Autorizó el uso de la escarapela, encargó la composición de una marcha patriótica, aprobada luego por la Asamblea el Año XIII, suprimió el paseo del estandarte real y festejó solemnemente el segundo aniversario de la Revolución de Mayo, libertando esclavos.
Además concedió cartas de ciudadanía a los extranjeros que hubiesen realizados actos meritorios en favor de la patria y promulgó decretos sobre seguridad individual y libertad de imprenta, consagrando éste último la libertad personal, la inviolabilidad de la propiedad, la defensa en juicio, el trato humanitario en las cárceles y la prohibición de la trata de esclavos.
Se suprimió la Audiencia, el antiguo tribunal de justicia, y se creó la Cámara de Apelaciones.
Para disminuir el déficit, Rivadavia suprimió cargos que no eran imprescindibles, abolió los estancos y otros monopolios en poder del Estado, liberó de impuestos a artículos de procedencia extranjera y creó la lotería nacional como nueva fuente de recursos.
Fomentó la inmigración, industrias y minería, concediéndose un régimen preferencial a las familias que quisieran radicarse en el país.
Sinembargo los grupos opositores compuestos por la Logia Lautaro (La Logia Lautaro fue organizada por San Martín y Alvear, que habían llegado en marzo de 1812 procedentes de España, filial de la Gran Reunión Americana creada por Miranda en Londres, para procurar la independencia de América y la implantación del sistema republicado. Esta sociedad secreta de carácter político tenía por objeto trabajar con sistema y plan en la independencia de América obrando con honor y procediendo con justicia. Sus miembros que debía ser americanos, contraían el compromiso de ayudarse mutuamente, mantener en secreto la existencia de la Logia y consultar la voluntad de la misma cuando desempeñasen cargos públicos), La Sociedad Patriótica, Paso y su grupo considerando que esta política centralista no pudo solucionar la difícil situación del país organizaron una asonada que derivó en la revolución del 8 de octubre, cuando los Granaderos a Caballo a las órdenes de San Martín; el Regimiento N° 2, comandado por Ortíz de Ocampo, y la artillería, apoyados por civiles, se presentaron en la Plaza Victoria pidiendo por la realización de un cabildo abierto y ante este cuerpo solicitaron la disolución de la Asamblea, la deposición del Triunvirato y la formación de otros poder ejecutivo.
El Cabildo debió aceptar ante la presión , nombrando a un Segundo Triunvirato integrado por Juan José Paso, Antonio Álvarez Jonte y Nicolás Rodríguez Peña, a quienes correspondió convocar a un Congreso que determinara la forma definitiva de gobierno. Cristalizaban así los sueños de Moreno y de todos aquellos que desde el 25 de Mayo de 1810 había bregado por reunir un congreso general.
El Segundo Triunvirato, surgido de la Revolución del 8 de octubre de 1812, convocó a los diputados de las provincias para formar la Asamblea General Constituyente de 1813. Esta Asamblea no declaró la independencia pero aprobó disposiciones que dejaron establecida nuestra soberanía.
José alberto Auzmendi auzmendibeto@gmail.com