La causa fue iniciada ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca por un grupo de vecinos bahienses con segunda residencia en la ciudad, asociados civilmente como “Propietarios de Monte Hermoso”.
El pasado mes de noviembre habían presentado una pretensión anulatoria de parte de la ordenanza fiscal impositiva en disconformidad con el valor de las tasas municipales “que se pagan en contraprestación a los servicios que brinda la Municipalidad” explicaron desde la Secretaría Legal y Técnica.
“En Monte Hermoso los servicios son cien por ciento públicos, con recolección diaria de residuos, sumando doble turno en verano; con Guardias de Servicios Sanitarios permanentes; mantenimiento de espacios verdes, playa, calles, limpieza de los espacios comunes” detallaron.
“Y se suman a esos servicios, los de seguridad y salud para todos los propietarios residentes y no residentes que eligen y disfrutan de una ciudad turística con un perfil netamente familiar, destacada por los propios turistas por su tranquilidad, seguridad y limpieza”.
La demanda fue desestimada legalmente por considerar que no presentaba “legitimación activa para actuar como asociación civil por tratarse intereses individuales divisibles y diferenciados, sin homogeneidad en torno a los reclamos, declarando inadmisible la pretensión por parte de los demandantes