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19/11/2024 |

Nuevo protocolo unificado de «reconocimiento y taxonomía facial» en Argentina: ¿Qué implica y cómo afecta a la seguridad?

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Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Policía Federal deberán aplicar estos procedimientos en sus investigaciones

El «Protocolo Unificado para el Reconocimiento y Comparación Facial» recientemente aprobado por el Ministerio de Seguridad de la Argentina estandariza el uso del reconocimiento facial y de la taxonomía facial en las fuerzas de seguridad federales, busca mejorar la eficacia y coherencia en las prácticas policiales. Sin embargo, plantea importantes cuestiones sobre la privacidad y la protección de los derechos civiles, lo cual podría tener un impacto significativo en la vida cotidiana de los ciudadanos.

¿Qué es el reconocimiento facial?

El reconocimiento facial es una tecnología que permite identificar o verificar la identidad de una persona a partir de una imagen de su rostro. Puede ser una herramienta muy útil para las fuerzas de seguridad porque facilita la identificación de sospechosos en investigaciones criminales y puede ayudar a encontrar personas desaparecidas. Además, esta tecnología se está utilizando en otros ámbitos como aeropuertos, eventos deportivos y fronteras para agilizar procesos de identificación.

Con la Resolución 1234/2024, el Ministerio de Seguridad de Argentina implementó un protocolo unificado para el uso de esta tecnología en las fuerzas policiales y de seguridad federales, como la Gendarmería Nacional y la Policía Federal Argentina. Este protocolo tiene como objetivo asegurar que todos los organismos trabajen con los mismos criterios y procedimientos, garantizando así mayor coherencia y eficacia en el uso del reconocimiento facial.

Estándares internacionales

Uno de los aspectos más destacables de este protocolo es su alineación con estándares internacionales. La resolución menciona que el protocolo se basó en guías y manuales de buenas prácticas internacionales, como el «Best Practice Manual for Facial Image Comparison» del ENFSI (European Network of Forensic Science Institutes). Esta guía establece cómo deben llevarse a cabo las comparaciones de imágenes faciales de manera técnica y precisa, lo cual contribuye a garantizar que el proceso sea fiable y esté libre de sesgos o errores humanos.

Además, se hace referencia a otras guías, como la del FISWG (Facial Identification Scientific Working Group), para definir taxonomías y características morfológicas que deben ser analizadas en cada caso. La idea es que las Fuerzas de Seguridad cuenten con herramientas basadas en evidencia para asegurar una identificación correcta. Esta estandarización ayuda a minimizar posibles errores y a incrementar la precisión en las investigaciones criminales.

El protocolo aprobado tiene carácter obligatorio para todas las fuerzas federales, lo que implica que Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Policía Federal deben aplicar estos procedimientos en sus investigaciones. Esto significa que los agentes contarán con instrucciones claras sobre cómo llevar adelante los estudios de reconocimiento y comparación facial, incluyendo indicaciones sobre cuándo y cómo actuar para asegurar la calidad del trabajo forense.

Uno de los objetivos clave de la estandarización es evitar que existan diferencias en la manera de proceder entre diferentes organismos. Esto puede ayudar a garantizar que cualquier investigación, sin importar quién la lleve a cabo, cumpla con los mismos requisitos de calidad y precisión, lo cual es fundamental para asegurar la validez de la evidencia en contextos judiciales.

Para el desarrollo de este protocolo, se implementó una metodología de trabajo colaborativa entre la Dirección Nacional y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales. Esta colaboración tiene como fin integrar los conocimientos y la experiencia de diferentes organismos, lo cual contribuye a la creación de un protocolo más robusto y efectivo. Este enfoque permite también que el personal técnico y científico de las fuerzas se especialice y mejore sus competencias en el área de la identificación facial, lo cual podría resultar en un impacto positivo sobre la calidad de las investigaciones.

Privacidad y Derechos Humanos

Si bien el reconocimiento facial puede ser una herramienta poderosa para combatir el delito, también existen preocupaciones importantes respecto a la privacidad y los derechos humanos. El protocolo y sus anexos fueron declarados de carácter reservado, lo cual ha generado algunas dudas en torno a la transparencia de su implementación. La naturaleza reservada del documento podría dificultar la supervisión independiente y el acceso público a los detalles sobre cómo y cuándo se aplicará la tecnología.

La privacidad es una preocupación central (en marcha el sistema de ciberpatrullaje), especialmente porque la tecnología de reconocimiento facial ha demostrado tener fallos en el pasado. Diversos estudios internacionales han demostrado que estas herramientas pueden tener sesgos, especialmente al reconocer rostros de personas pertenecientes a grupos minoritarios. En un contexto donde la protección de los derechos individuales es fundamental, la correcta aplicación de la tecnología debe ser garantizada para evitar errores que podrían llevar a consecuencias injustas.

Otro punto interesante de la resolución es la invitación a las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para adherir al protocolo. Si bien este tipo de invitación busca extender la estandarización y mejorar la colaboración entre diferentes niveles de gobierno, la adopción del protocolo dependerá de la voluntad política de cada jurisdicción. Esto podría generar ciertas disparidades entre provincias, donde algunas decidan adoptar el protocolo y otras no, lo que podría implicar diferencias significativas en la aplicación de justicia según la región del país.

Para los ciudadanos, este protocolo implica que las fuerzas de seguridad contarán con una herramienta más estandarizada y con mayor capacidad para identificar sospechosos y prevenir delitos. En la práctica, esto podría traducirse en investigaciones más rápidas y más precisas. Sin embargo, también es importante que se garantice la protección de los derechos civiles, especialmente en términos de privacidad y la posible utilización indebida de los datos de los ciudadanos.

El uso correcto de la tecnología de reconocimiento facial podría ser una herramienta poderosa para mejorar la seguridad y la justicia en el país, pero solo si se implementa de manera justa y transparente. Es fundamental que se establezcan mecanismos de supervisión adecuados para garantizar que la tecnología sea utilizada exclusivamente con fines de seguridad y no para vulnerar los derechos fundamentales de las personas.

El desafío será garantizar que el uso de esta tecnología beneficie la seguridad sin comprometer los derechos de los ciudadanos. La clave estará en lograr un equilibrio entre seguridad y derechos humanos, asegurando siempre la protección de las libertades individuales.

 

Fuente NA

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