La Jueza María Ventura Martínez, titular del juzgado Contencioso Administrativo N.º 4 de la ciudad de La Plata, intimó a la Dirección General de Cultura y Educación a que se abstenga de practicar descuentos por huelga y/o gratificar a quien no lo haga.
Esto, dado que ambas acciones, analizadas en conjunto, poseen virtualidad suficiente para incidir en el espíritu del trabajador a la hora de tomar la decisión de realizar huelga. Por lo que se entiende un derecho cuando la huelga no fue declarada ilegal.
Al operar así sobre la voluntad del trabajador, afectan no sólo su libertad sino, tangencialmente, resultan atentatorias del derecho a huelga.
FRENTE DE UNIDAD DOCENTE BONAERENSE
AMET – FEB – SADOP – SUTEBA – UDA – UDOCBA