El Gobierno extendió el plazo de adhesión a la moratoria impositiva y previsional hasta el 15 de diciembre próximo, a través del decreto 966/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El plan de facilidades de pago diseñado para amortiguar el impacto de la pandemia que vencía ayer se prorrogó así dos semanas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) destacó en un comunicado que «la extensión de los plazos busca facilitar la adhesión al régimen».
Precisó que la AFIP dictará la normativa complementaria necesaria para instrumentar lo dispuesto en el decreto.
«Mediante la ley de ampliación de la moratoria el Gobierno se propuso amortiguar el daño, sostener los puestos de trabajo y encarar el proceso de recuperación después de la crisis a la que condujo el gobierno anterior y que profundizó la pandemia», destacó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.
Indicó que «esta segunda extensión del plazo de adhesión tiene como objetivo garantizar que todos los contribuyentes puedan realizar los distintos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas».
Puntualizó que «la Moratoria 2020 forma parte de los distintos instrumentos diseñados por el Gobierno para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro».
La AFIP señaló que «la irrupción de la pandemia del Covid-19 se sumó a las dificultades económicas que arrastraba la economía y alteraron la situación de todo el entramado productivo». Indicó que «en ese escenario, el Congreso aprobó una ley que amplía el alcance de la moratoria establecida a fines de 2019 por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir aquellos contribuyentes, personas humanas y jurídicas, que originalmente no habían sido contemplados».
Destacó que «la ampliación de la moratoria extendió el universo de contribuyentes beneficiados», pero remarcó que «también contempló la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del Covid-19».
Para eso, permite la inclusión de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio de este año.