En ese sentido, de acuerdo a la Resolución 1555/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, se prohíben las siguientes actividades:
-Clases presenciales en todos sus niveles y modalidades;
-Reuniones sociales y familiares en domicilios particulares;
-Práctica de deportes grupales en espacios cerrados y al aire libre;
-Actividad de gimnasios en espacios cerrados;
-Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados;
-Circulación de personas y actividades no esenciales entre las 20 y las 6 hs;
Además:
-Los comercios podrán permanecer abiertos entre las 6 y las 19 hs;
-Los eventos culturales, sociales, recreativos y/o religiosos en espacios públicos al aire libre, se podrán realizar con hasta 10 personas;
-Se podrán llevar a cabo actividades deportivas individuales o grupales sin contacto al aire libre.
-Luego de las 19 hs, los locales gastronómicos podrán funcionar con delivery y take away.