La doctora Paula Goldin explicó en detalle en qué momento se puede pedir el título de propiedad de un inmueble por el paso de los años. “Tenemos muchos juicios iniciados” acotó.
La doctora Paula Goldin explicó los alcances de la usucapión, acción también conocida como prescripción adquisitiva. Al respecto la letrada aseguró que “es un tema muy recurrente sobre todo en la comarca, donde hay un montón de propiedades sin regularizar, sin escrituras. Tenemos muchos juicios acá iniciados y otros para iniciar”.
Detallando esto, sostuvo que “la prescripción adquisitiva o usucapión es un modo más de adquirir una propiedad. Es por la posesión prolongada. Se suman las diferentes personas que poseyeron esa propiedad, y si el total da 20 años o más se puede tramitar. No es que la persona que viene al estudio tuvo que estar 20 años, sino que se suman los antecedentes posesorios”.
Despejando dudas, reiteró que esto “es absolutamente legal. No es legal si mi vecino se va de vacaciones y yo me apropio de su terreno. Pero si una persona durante muchos años poseyó, tenía el boleto de compra y venta, una libreta o simplemente cuidó un lote, me cede o me vende o un trueque la posesión del lote, es legal. Lo que tengo que hacer para terminar de legalizarlo es la acción posesoria, que es esta usucapión”.
Y ampliando el ejemplo, subrayó que “los actos posesorios son alambrar, poner un pilar de luz, o cimientos, o poner árboles, o pagar impuestos o simplemente limpiarlo. Cuando estos existen por 20 años o más, se puede iniciar el trámite”.
En otro pasaje de la charla, y referido a lo que ocurre en Cerro Ceferino, se mostró prudente e indicó que “habría que ver muy bien los antecedentes y la documentación que obra en su poder y frente a eso ver si se puede iniciar una acción. No siempre se puede hacer usucapión. Va a depender de la documentación”.
Y por último sostuvo que “para esto deben solicitarnos un turno, traernos toda la documentación que tenga y con eso podremos darle una respuesta”.