El abogado y asesor de asuntos legales de nuestro programa radial, nos explica qué hay que hacer en caso de usurpación o ocupación ilegal, en relación a la temática de usucapión, abordada la semana pasada.
«Pasa mucho más seguido de lo que uno se imagina, uno va a su terreno o su casa y ve que hay alguien que lo está ocupando. No todos los terrenos están en regla, entonces eso provoca que haya gente que los tome, pero lo fundamental acá es entender que la usurpación o la toma de un terreno sin ningún tipo de documentación es un delito» presentó Leandro la temática del día.
El abogado mencionó que la justicia siempre termina fallando a favor de la persona que tiene sus papeles en regla, por lo tanto, resalta la importancia de esto. En relación a los usurpadores, Leandro entiende que en Argentina hay un gran déficit habitacional, pero que eso no justifica el delito de ocupación ilegal.
El profesional del derecho menciona algunas sugerencias para actuar en relación a este tema. «Lo primero que hay que hacer es hacer la denuncia policial. De manera virtual, la propia fiscalía lo deriva al ente que tiene que intervenir»
Leandro menciona dos acciones fundamentales para la intervención: «primero está el tema de los intervistos, que es un sumario en el cual la persona, presentando los papeles, pide que se le reintegre la propiedad». Aclaró que la persona tiene un año para ejercer su derecho una vez que la ficalía tomó conocimiento de que la propiedad está usurpada, vencido ese año, pierde el derecho al reclamo. «La segunda opción es la acción real, que tiene 20 años de prescripción. El objetivo es el mismo, recuperar una propiedad que le pertenece».
«La justicia no ve bien la vía de hecho» resaltó para informar a los oyentes. Es decir, que no está bien visto para la justicia que el propietario de la vivienda/terreno saque a los usurpadores de la propiedad. «También hemos intervenido en casos donde el dueño se ha visto inmerso en un proceso penal».